Sala de Casación Civil
Caracas, 01 de febrero de 2000 Años: 189º y 140º.-
Vista
la diligencia suscrita por la abogada Isabel López Salazar, apoderada judicial de
la parte actora, mediante la cual desiste del recurso de casación y de nulidad
propuestos en el expediente Nº 99.1009, todo relacionado con el juicio que por ACCIÓN PAULIANA sigue el ciudadano RAYMUND BECHIR MOUBAYED, contra los ciudadanos BECHER KELLE CAIAL y VERA GALASSI DE FALERO; en virtud de
tal manifestación, se declara DESISTIDO
el recurso de nulidad y de casación propuestos por la representación judicial
de la parte actora, en fecha 21 de octubre de 1999, contra la sentencia de
fecha 07 de octubre de 1999, emanada del Juzgado Superior Noveno en lo Civil,
Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana
de Caracas. De conformidad con el artículo 320 del Código de Procedimiento
Civil, se condena en costas a la parte recurrente. Se ordena la remisión de
este expediente al Tribunal de la causa, o sea, al Juzgado Tercero de Primera
Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial
del Area Metropolitana de Caracas.
Particípese del contenido de este
auto al Juzgado Superior antes mencionado.
Publíquese y regístrese.
El Presidente de
la Sala,
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El Vicepresidente,
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ANTONIO
RAMIREZ JIMENEZ
Magistrado-Ponente,
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CARLOS OBERTO VELEZ
La
Secretaria,
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DILCIA QUEVEDO
R
de C Nº 99.1009